LEY N° 32725

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LEY N° 32725

Ley que declara de interés nacional la promoción el desarrollo y la puesta en valor de las provincias del departamento de Lima


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

Artículo único. Declaración de interés nacional

Se declara de interés nacional la promoción, el desarrollo y la puesta en valor de los destinos, recursos turísticos y expresiones culturales de las provincias del departamento de Lima, con énfasis en los siguientes ámbitos:

a) El recurso turístico natural y paisajístico del valle de Manchay, ubicado en el distrito de Pachacámac de la provincia de Lima.

b) El patrimonio cultural inmaterial y la identidad gastronómica de la provincia de Huaura.

c) El potencial turístico y la oferta gastronómica del distrito de Cieneguilla, de la provincia de Lima.

d) Los corredores turísticos estratégicos integrados en el ámbito territorial de las provincias del departamento de Lima.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los seis días del mes de julio de dos mil veintiséis.

FERNANDO MIGUEL ROSPIGLIOSI CAPURRO

Presidente encargado del Congreso de la República

WALDEMAR JOSÉ CERRÓN ROJAS

Segundo Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de julio del año dos mil veintiséis.

JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA

Presidente de la República

LUIS ENRIQUE ARROYO SÁNCHEZ

Presidente del Consejo de Ministros

2533576-4

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