
LEY N° 32725
Ley que declara de interés nacional la promoción el desarrollo y la puesta en valor de las provincias del departamento de Lima
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
Artículo único. Declaración de interés nacional
Se declara de interés nacional la promoción, el desarrollo y la puesta en valor de los destinos, recursos turísticos y expresiones culturales de las provincias del departamento de Lima, con énfasis en los siguientes ámbitos:
a) El recurso turístico natural y paisajístico del valle de Manchay, ubicado en el distrito de Pachacámac de la provincia de Lima.
b) El patrimonio cultural inmaterial y la identidad gastronómica de la provincia de Huaura.
c) El potencial turístico y la oferta gastronómica del distrito de Cieneguilla, de la provincia de Lima.
d) Los corredores turísticos estratégicos integrados en el ámbito territorial de las provincias del departamento de Lima.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los seis días del mes de julio de dos mil veintiséis.
FERNANDO MIGUEL ROSPIGLIOSI CAPURRO
Presidente encargado del Congreso de la República
WALDEMAR JOSÉ CERRÓN ROJAS
Segundo Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de julio del año dos mil veintiséis.
JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA
Presidente de la República
LUIS ENRIQUE ARROYO SÁNCHEZ
Presidente del Consejo de Ministros
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