
LEY N° 32709
Ley que crea la Universidad Nacional Intercultural de Tacna (UNITAC) en el distrito de Pocollay provincia de Tacna departamento de Tacna
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
Artículo 1. Creación de la Universidad Nacional Intercultural de Tacna (UNITAC)
Se crea la Universidad Nacional Intercultural de Tacna (UNITAC), con personería jurídica de derecho público interno, con sede principal en el distrito de Pocollay de la provincia de Tacna del departamento de Tacna.
Artículo 2. Naturaleza y régimen académico
La Universidad Nacional Intercultural de Tacna (UNITAC) está conformada por los departamentos académicos, escuelas profesionales, unidades de investigación y unidades de postgrado que sean aprobados al momento de establecer su régimen académico, los cuales tienen por finalidad alcanzar lo establecido en la Ley 30220, Ley Universitaria.
Artículo 3. Constitución como pliego presupuestal
La Universidad Nacional Intercultural de Tacna (UNITAC) se constituye como pliego presupuestal y se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para que transfiera las partidas presupuestarias con cargo al presupuesto institucional del Pliego 10 Ministerio de Educación.
Artículo 4. Facultades
4.1. La Universidad Nacional Intercultural de Tacna (UNITAC) ofrece las siguientes facultades vinculadas a la oferta educativa y en atención a la demanda laboral local, departamental, nacional e internacional que establezca la comisión organizadora:
a) Facultad de Ingeniería y Tecnología
1) Ingeniería Agropecuaria
2) Ingeniería Ambiental y Forestal
3) Ingeniería Civil
4) Ingeniería de Datos e Inteligencia Artificial
5) Ingeniería de Sistemas e Informática
6) Ingeniería en Recursos Hídricos
7) Ingeniería Sanitaria
b) Facultad de Ciencias de la Salud
1) Enfermería
2) Medicina
3) Salud Pública y Nutrición
4) Odontología
c) Facultad de Ciencias Económicas
1) Administración y Negocios Internacionales
2) Contabilidad y Finanzas
d) Facultad de Ciencias Sociales
1) Derecho
2) Psicología
3) Ciencias Sociales yHumanidades
4.2. La Universidad Nacional Intercultural de Tacna (UNITAC) puede ampliar su oferta educativa de acuerdo con las necesidades locales, departamentales y nacionales, de conformidad con exigencias de calidad universitaria establecidas por ley.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
FINALES
PRIMERA. Implementación y financiamiento
El funcionamiento e implementación de la Universidad Nacional Intercultural de Tacna (UNITAC), creada por la presente ley, se realiza con recursos directamente recaudados, donaciones y legados, así como con recursos del canon y los recursos necesarios y progresivos gestionados ante el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Educación, el Gobierno Regional de Tacna y la Municipalidad Distrital de Pocollay, con cargo al presupuesto para el ejercicio fiscal del año siguiente a su aprobación.
SEGUNDA. Comisión organizadora
El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Educación, designa a la comisión organizadora encargada de aprobar los documentos de gestión administrativa y académica de la Universidad Nacional Intercultural de Tacna (UNITAC), conforme a la Ley 30220, Ley Universitaria.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los treinta días del mes de junio de dos mil veintiséis.
FERNANDO MIGUEL ROSPIGLIOSI CAPURRO
Presidente encargado del Congreso de la República
WALDEMAR JOSÉ CERRÓN ROJAS
Segundo Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de julio del año dos mil veintiséis.
JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA
Presidente de la República
LUIS ENRIQUE ARROYO SÁNCHEZ
Presidente del Consejo de Ministros

