DECRETO SUPREMO N° 006-2026-DE

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DECRETO SUPREMO N° 006-2026-DE

Decreto Supremo que modifica los Anexos A y C del Decreto Supremo N° 004-2026-DE Decreto Supremo que aprueba los Cuadros de Efectivos de Personal Militar Año Fiscal 2027


LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 165 de la Constitución Política del Perú establece que las Fuerzas Armadas están constituidas por el Ejército del Perú, la Marina de Guerra del Perú y la Fuerza Aérea del Perú, teniendo como finalidad primordial garantizar la independencia, la soberanía y la integridad territorial de la República. Asimismo, en su artículo 172 la norma constitucional dispone que el número de efectivos de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú se fija anualmente por el Poder Ejecutivo;

Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, establece que el Ministerio de Defensa ejerce la rectoría del Sector Defensa en todo el territorio nacional y realiza sus funciones coordinando con los respectivos niveles de gobierno;

Que, por Resolución Ministerial Nº 435-2026-DE, se aprueban los Planes Estratégicos de Mediano Plazo para la Administración de Personal de las Instituciones Armadas para el periodo 2027-2031, que contienen los efectivos de personal militar propuestos técnicamente por el Ejército, la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2026-DE, se aprueban los Cuadros de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2027, cuyas cantidades y especificaciones se detallan en el Anexo A, Cuadro Resumen de Efectivos de Personal Militar Operativos de las Fuerzas Armadas para el Año Fiscal 2027; Anexo B, Cuadro de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2027 del Ejército del Perú; Anexo C, Cuadro de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2027 de la Marina de Guerra del Perú, y Anexo D, Cuadro de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2027 de la Fuerza Aérea del Perú; los cuales que tienen la clasificación de información secreta;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 01146-2026-DE, se aprueba la modificación del Plan Estratégico de Mediano Plazo para la Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú, para el periodo 2027-2031, aprobado por Resolución Ministerial Nº 435-2026-DE;

Que, con el Oficio Nº 7517/51 y el Oficio Nº 7656/51 de la Marina de Guerra del Perú, el Secretario del Comandante General de dicha Institución solicita al Ministerio de Defensa la modificación de los Anexos A y C del Decreto Supremo Nº 004-2026-DE, correspondientes al Cuadro Resumen de Efectivos de Personal Militar Operativos de las Fuerzas Armadas para el Año Fiscal 2027 y al Cuadro de Efectivos del Personal Militar para el Año Fiscal 2027 de la Marina de Guerra del Perú, respectivamente;

Que, el numeral 3 del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde al Presidente de la República dictar decretos supremos, los cuales constituyen dispositivos de carácter general que reglamentan normas con rango de ley o regulan la actividad sectorial funcional o multisectorial funcional a nivel nacional;

Que, la modificación del Decreto Supremo Nº 004-2026-DE guarda relación con el desarrollo y funcionamiento del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos (SAGRH), en base a lo dispuesto en el artículo 172 de la Constitución Política del Perú; y, en atención a lo establecido en el numeral 41.2 del artículo 41 del Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige la Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2025-PCM, se considera excluida del alcance del AIR Ex Ante por razón de la materia;

Que, mediante Resolución de la Comandancia General de la Marina Nº 0403-26 COMGEMAR, la Marina de Guerra del Perú clasifica como información de carácter secreto la modificación del Plan Estratégico de Mediano Plazo para la Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú, periodo 2027-2031 y Año Fiscal 2027; así como toda la información vinculada de conformidad con lo señalado en el literal d) del numeral 2 del artículo 15 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, por ser información directamente relacionada con la Seguridad Nacional;

De conformidad con el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE;

DECRETA:

Artículo 1.- Modificación del Anexo A, Cuadro Resumen de Efectivos de Personal Militar Operativos de las Fuerzas Armadas para el Año Fiscal 2027 y el Anexo C, Cuadro de Efectivos del Personal Militar para el Año Fiscal 2027 de la Marina de Guerra del Perú, del Decreto Supremo Nº 004-2026-DE

Modificar el Anexo A, Cuadro Resumen de Efectivos de Personal Militar Operativos de las Fuerzas Armadas para el Año Fiscal 2027 y el Anexo C, Cuadro de Efectivos del Personal Militar para el Año Fiscal 2027 de la Marina de Guerra del Perú, del Decreto Supremo Nº 004-2026-DE, Decreto Supremo que aprueba los Cuadros de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2027, conforme a los Anexos “A” y “C” que forman parte del presente Decreto Supremo.

Artículo 2.- Clasificación de los Anexos

Los anexos señalados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo tienen la clasificación de información secreta, por contener información directamente relacionada con la Seguridad Nacional, de conformidad con lo establecido en el literal d) del numeral 2 del artículo 15 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS.

La custodia de los anexos antes descritos está a cargo de la Dirección de Personal Militar de la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Defensa.

Artículo 3.- Financiamiento

Los gastos que irrogue la aplicación del presente Decreto Supremo son asumidos con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú del Pliego Nº 026 Ministerio de Defensa, para el Año Fiscal 2027.

Artículo 4.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Defensa.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de septiembre del año dos mil veintiséis.

KEIKO SOFÍA FUJIMORI HIGUCHI

Presidenta de la República

RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA

Ministro de Defensa

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