
DECRETO SUPREMO N° 150-2026-EF
Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 a favor del Ministerio de Defensa
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Centésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, autoriza durante el Año Fiscal 2026 al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a su presupuesto institucional a favor del Ministerio de Defensa, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para el cofinanciamiento del proyecto “Recuperación y Mejoramiento de la Capacidad Operativa y Logística de la Dirección General del Material de la Marina de Guerra del Perú en la Base Naval del Callao”, así como los estudios asociados al Plan Maestro de la Base Naval del Callao. Dichas modificaciones presupuestarias se aprueban, previa suscripción de convenio, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones, a solicitud de este último;
Que, mediante el Oficio Nº 1916-2026-MTC/04, complementado con el Oficio Nº 0425-2026-MTC/09, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor del Ministerio de Defensa, para el financiamiento parcial del proyecto de inversión con CUI Nº 2333362 “Recuperación y Mejoramiento de la Capacidad Operativa y Logística de la Dirección General del Material de la Marina de Guerra del Perú en la Base Naval del Callao”; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 0432-2026-MTC/09.03 de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio y el Oficio Nº 0604-2026-EF/63.04 de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones, mediante el cual se emite opinión técnica favorable respecto del citado proyecto de inversión, con los respectivos sustentos;
Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 101 228 547,00 (CIENTO UN MILLONES DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a favor del Ministerio de Defensa, para los fines señalados en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en la Centésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
1.1 Se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 101 228 547,00 (CIENTO UN MILLONES DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Ministerio de Defensa, para el financiamiento parcial del proyecto de inversión con CUI Nº 2333362 “Recuperación y Mejoramiento de la Capacidad Operativa y Logística de la Dirección General del Material de la Marina de Guerra del Perú en la Base Naval del Callao”, en el marco de la Centésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo con el siguiente detalle:
1.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del presente artículo se encuentra en el Anexo “Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Defensa”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el diario oficial El Peruano.
Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional
2.1 El Titular del pliego habilitador y del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (05) días calendario contados desde la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de julio del año dos mil veintiséis.
JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA
Presidente de la República
RODOLFO ACUÑA NAMIHAS
Ministro de Economía y Finanzas
ALDO MARTÍN PRIETO BARRERA
Ministro de Transportes y Comunicaciones

