DECRETO SUPREMO N° 026-2026-RE

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DECRETO SUPREMO N° 026-2026-RE

Decreto Supremo que ratifica el Acuerdo sobre actividades remuneradas para los familiares dependientes de los funcionarios internacionales de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil – CLAC


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el «Acuerdo sobre actividades remuneradas para los familiares dependientes de los funcionarios internacionales de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil – CLAC», fue suscrito en la ciudad de Lima, República del Perú, el 25 de marzo de 2024, entre la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil y la República del Perú;

Que, en virtud del numeral 41.2 del artículo 41 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2025-PCM, el presente Decreto Supremo se encuentra excluido del alcance del AIR Ex Ante por la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria (CMCR) de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación interna del citado tratado;

Estando al Informe (DGT-TJI) Nº 20-2026; y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118, inciso 11 de la Constitución Política del Perú y por el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley Nº 26647;

DECRETA:

Artículo 1.-Objeto

Se ratifica el «Acuerdo sobre actividades remuneradas para los familiares dependientes de los funcionarios internacionales de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil – CLAC», suscrito el 25 de marzo de 2024, en la ciudad de Lima, República del Perú.

Artículo 2.-Publicación

El Ministerio de Relaciones Exteriores proceda a publicar en el Diario Oficial “El Peruano”, de conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley Nº 26647, el texto íntegro del Acuerdo y la fecha de su entrada en vigor.

Artículo 3.- Dar cuenta al Congreso

Se dé cuenta al Congreso de la República.

Artículo 4.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de junio del año dos mil veintiséis.

JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA

Presidente de la República

CARLOS JOSÉ PAREJA RÍOS

Ministro de Relaciones Exteriores

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