
DECRETO SUPREMO N° 024-2026-RE
Decreto Supremo que ratifica el Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre. Octavo Protocolo Adicional
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el “Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre. Octavo Protocolo Adicional” fue suscrito en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 6 de noviembre de 2025; por la República Argentina, el Estado Plurinacional de Bolivia, la República Federativa de Brasil, la República de Chile, la República del Paraguay, la República del Perú y la República Oriental del Uruguay.
Que, en virtud del numeral 41.2 del artículo 41 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2025-PCM, el presente Decreto Supremo se encuentra excluido del alcance del AIR Ex Ante por la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria (CMCR) de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación interna del citado tratado;
Estando al Informe (DGT-TJI) N° 17-2026; y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118, inciso 11 de la Constitución Política del Perú y por el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley N° 26647;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
Se ratifica el “Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre. Octavo Protocolo Adicional”, suscrito el 6 de noviembre de 2025, en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay.
Artículo 2.- Publicación
El Ministerio de Relaciones Exteriores proceda a publicar en el Diario Oficial “El Peruano”, de conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el texto íntegro del Acuerdo y la fecha de su entrada en vigor.
Artículo 3.- Dar cuenta al Congreso
Se dé cuenta al Congreso de la República.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de junio del año dos mil veintiséis.
JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA
Presidente de la República
CARLOS JOSÉ PAREJA RÍOS
Ministro de Relaciones Exteriores

