
DECRETO SUPREMO N° 171-2026-EF
Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 a favor del Ministerio del Interior
LA PRESIDENTA DE LA REPÃBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 42.1 del artÃculo 42 de la LeyNº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, autoriza el financiamiento, con cargo a los recursos a los que se refiere el artÃculo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, hasta por la suma de S/ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para la transferencia condicionada al Programa Presupuestal 0030 âReducción de Delitos y Faltas que Afectan la Seguridad Ciudadanaâ, a cargo del Ministerio del Interior, previo cumplimiento de los indicadores y metas establecidos para mejorar la prestación de servicios en materia de seguridad ciudadana; a su vez, dispone que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos autorizados por el citado numeral se aprueban utilizando solo el mecanismo previsto en el artÃculo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, a propuesta de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de EconomÃa y Finanzas, incorporándose dichos recursos en el presupuesto institucional del Ministerio del Interior en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios;
Que, asimismo, el numeral 42.2 del artÃculo 42 de la Ley Nº 32513 establece que el Ministerio de EconomÃa y Finanzas, a través de la Dirección General de Presupuesto Público, mediante resolución directoral, establece los procedimientos, indicadores y metas correspondientes al primer semestre del 2026 que deben cumplirse para el otorgamiento de la transferencia condicionada al Programa Presupuestal 0030 âReducción de Delitos y Faltas que Afectan la Seguridad Ciudadanaâ, a cargo del Ministerio del Interior, a que se refiere el numeral 42.1 del citado artÃculo;
Que, los artÃculos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de EconomÃa y Finanzas; y, que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de EconomÃa y Finanzas;
Que, mediante la Resolución Directoral Nº 0005-2026-EF/50.01 se aprueban los âProcedimientos para el cumplimiento de indicadores y metas de la Transferencia Condicionada al Programa Presupuestal 0030: Reducción de Delitos y Faltas que Afectan la Seguridad Ciudadana correspondiente al primer semestre del 2026â, asà como el Anexo I âFichas técnicas de los indicadores y metasâ, el Anexo II âFormato para la elaboración del Plan de Uso de Recursos (PUR) 2026â y el Anexo III âRelación de comisarÃas de la PNP priorizadasâ; posteriormente, la Resolución Directoral Nº 0015-2026-EF/50.01 establece nuevos plazos para el periodo de medición del cumplimiento del indicador âPorcentaje de dÃas en los que se ejecuta patrullaje policial por mes en los sectores policiales priorizados de la ComisarÃa de la PNPâ, y modifica el numeral 1.2 del acápite I y el acápite II comprendidos en el Anexo I âFichas técnicas de los indicadores y metasâ aprobado por la citada Resolución Directoral Nº 0005-2026-EF/50.01;
Que, el artÃculo 4 de los citados Procedimientos establece que los indicadores y metas se establecen con corte al 31 de mayo de 2026, conforme a lo dispuesto en el numeral 42.2 del artÃculo 42 de la Ley Nº 32513. Asimismo, los numerales 6.1 y 6.2 del artÃculo 6 de dichos Procedimientos disponen que la verificación del cumplimiento de los indicadores está a cargo de la Dirección de Calidad del Gasto Público de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de EconomÃa y Finanzas, y se realiza conforme con lo dispuesto en las fichas técnicas contenidas en el Anexo I âFichas técnicas de los indicadores y metasâ de los citados Procedimientos; adicionalmente, el numeral 6.3 establece como condición necesaria que el Ministerio del Interior a través de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, remita a la Dirección General de Presupuesto Público, mediante oficio, el informe de cumplimiento, acompañado de los respectivos medios de verificación de cada indicador, asà como el Plan de Uso de Recursos (PUR), conforme al Anexo II âFormato para la elaboración del Plan de Uso de Recursos (PUR) 2026â, hasta el 26 de junio de 2026;
Que, mediante los Oficios Nº 001702-2026-IN-OGPP y Nº 001830-2026-IN-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior remite a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de EconomÃa y Finanzas los Informes Nº 001194-2026-IN-OGPP-OP y Nº 001317-2026-IN-OGPP-OP, los cuales contienen la información sobre el cumplimiento de los indicadores y metas y sus respectivos medios de verificación, para el otorgamiento de la transferencia condicionada al Programa Presupuestal 0030: Reducción de Delitos y Faltas que Afectan la Seguridad Ciudadana correspondiente al primer semestre del 2026, asà como el Plan de Uso de Recursos (PUR) 2026. Posteriormente, mediante el Oficio Nº 001889-2026-IN-OGPP, la referida entidad remite el Informe Nº 001351-2026-IN-OGPP-OP que contiene información actualizada del Plan de Uso de Recursos (PUR) 2026;
Que, la Dirección General de Presupuesto Público mediante el Informe Nº 0130-2026-EF/50.05 de la Dirección de Calidad del Gasto Público informa sobre el cumplimiento de indicadores y metas de la Transferencia Condicionada al Programa Presupuestal 0030: Reducción de Delitos y Faltas que Afectan la Seguridad Ciudadana correspondientes al primer semestre del 2026;
Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de EconomÃa y Finanzas, a favor del Ministerio del Interior, para los fines señalados en los considerandos precedentes;
Que, de conformidad con lo establecido en los numerales 42.1 y 42.2 del artÃculo 42 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; en los artÃculos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y en los Procedimientos para el cumplimiento de indicadores y metas de la Transferencia Condicionada al Programa Presupuestal 0030: Reducción de Delitos y Faltas que Afectan la Seguridad Ciudadana correspondiente al primer semestre del 2026,aprobados mediante Resolución Directoral Nº 0005-2026-EF/50.01;
DECRETA:
ArtÃculo 1.-Objeto
1.1 Se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de EconomÃa y Finanzas a favor del Ministerio del Interior por el cumplimiento de indicadores y metas de la Transferencia Condicionada al Programa Presupuestal 0030: Reducción de Delitos y Faltas que Afectan la Seguridad Ciudadana correspondientes al primer semestre del 2026, en el marco de lo establecido en los numerales 42.1 y 42.2 del artÃculo 42 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, de acuerdo con el siguiente detalle:
1.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del presente artÃculo se encuentra en el Anexo âTransferencia Condicionada al Programa Presupuestal 0030: Reducción de Delitos y Faltas que Afectan la Seguridad Ciudadana correspondiente al primer semestre del 2026â, a favor del Ministerio del Interior, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en la sede digital del Ministerio de EconomÃa y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el diario oficial El Peruano.
ArtÃculo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional
2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artÃculo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) dÃas calendario contados desde la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (5) dÃas calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artÃculo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del pliego involucrado instruye a las respectivas unidades ejecutoras para que elaboren las correspondientes âNotas de Modificación Presupuestariaâ que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente decreto supremo.
ArtÃculo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artÃculo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
ArtÃculo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de EconomÃa y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta y un dÃas del mes de agosto del año dos mil veintiséis.
KEIKO SOFÃA FUJIMORI HIGUCHI
Presidenta de la República
ELMER RAFAEL CUBA BUSTINZA
Ministro de EconomÃa y Finanzas

