
LEY N° 32722
Ley que prorroga la vigencia de los beneficios tributarios establecidos en la Ley 30001 Ley de Reinserción Económica y Social para el Migrante Retornado
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
Artículo único. Prórroga de la vigencia de los beneficios tributarios establecidos en la Ley 30001, Ley de Reinserción Económica y Social para el Migrante Retornado
Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2029 la vigencia de los beneficios tributarios establecidos en el artículo 3 de la Ley 30001, Ley de Reinserción Económica y Social para el Migrante Retornado, cuyo restablecimiento fue dispuesto por el artículo 2 de la Ley 31827, Ley que modifica la Ley 30001, Ley de Reinserción Económica y Social para el Migrante Retornado.
ÚNICA. Vigencia de la Ley
La presente ley entra en vigor el 14 de julio de 2026.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veinticuatro días del mes de junio de dos mil veintiséis.
FERNANDO MIGUEL ROSPIGLIOSI CAPURRO
Presidente encargado del Congreso de la República
WALDEMAR JOSÉ CERRÓN ROJAS
Segundo Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de julio del año dos mil veintiséis.
JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA
Presidente de la República
LUIS ENRIQUE ARROYO SÁNCHEZ
Presidente del Consejo de Ministros

