LEY N° 32693

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LEY N° 32693

Ley de saneamiento de un límite y dos tramos de algunos de los distritos de la provincia de Cotabambas del departamento de Apurímac


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

Artículo 1. Objeto y finalidad

1.1 La presente ley tiene por objeto sanear un (1) límite y dos (2) tramos de algunos de los distritos de la provincia de Cotabambas, del departamento de Apurímac, de acuerdo al siguiente detalle:

a. Límite entre los distritos de Tambobamba y Mara

b. Un (1) tramo del límite entre los distritos de Cotabambas y Tambobamba

c. Un (1) tramo del límite entre los distritos de Mara y Haquira

1.2 La finalidad de la presente ley es establecer un (1) límite y dos (2) tramos de algunos de los distritos de la provincia de Cotabambas, del departamento de Apurímac, referidos en el numeral 1.1 que antecede, a fin de garantizar los marcos de referencia que permitan la prestación de bienes y servicios a la población de dicha provincia.

Artículo 2. Delimitación

Se delimita un (1) límite y dos (2) tramos de algunos de los distritos de la provincia de Cotabambas, del departamento de Apurímac, a los que se refiere el artículo 1 de la presente ley, de acuerdo a las siguientes memorias descriptivas:

a. Límite entre los distritos de Tambobamba y Mara

Inicia en la desembocadura de la quebrada Yauricancha en el río Challhuahuacho, en la coordenada UTM 803 127m E y 8 443 141 m N de referencia; continúa aguas abajo por el thalweg del río Challhuahuacho hasta su confluencia con el río Jajatuna en la coordenada UTM 804 761 m E y 8 446 753 m N de referencia (que da origen al río Punarqui); continúa aguas abajo por el thalweg del río Punarqui (aguas abajo denominada Punanqui), y finaliza en la desembocadura de dicho río en el río Santo Tomás (Límite interdepartamental Apurímac – Cusco).

Las coordenadas antes señaladas corresponden a la Zona 18 Sur, Datum WGS84, Sistema de Proyección UTM.

La presente memoria descriptiva fue elaborada empleando la siguiente Cartografía Básica Oficial:

1. Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión). Tambobamba, Perú, 1:100 000, 1° edición, serie J631, hoja 2443 (28-r), Lima, Perú.

2. Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión). Santo Tomás, Perú, 1:100 000, 1° edición, serie J631, hoja 2442 (29-r), Lima, Perú.

b.Un (1) tramo del límite entre los distritos de Cotabambas y Tambobamba

Inicia en la desembocadura de la quebrada sin nombre en la quebrada Quiullacocha en lacoordenada UTM 792 191 m E y 8 464 812 m N de referencia; continúa aguas abajo por el thalweg de la quebrada Quiullacocha, hasta su confluencia con la quebrada Chuichomayo (que da origen a la quebrada Ccachuapata); continúa aguas abajo por el thalweg de la quebrada Ccachuapata, hasta su confluencia con la quebrada Ccoria Pasja (que da origen a la quebrada Challapampa); continúa aguas abajo por el thalweg de la quebrada Challapampa hasta su confluencia con la quebrada Chacapampa (que da origen al río Aquillano); continúa aguas abajo por el thalweg del río Aquillano, hasta su desembocadura en el río Apurímac (Límite interdepartamental Apurímac – Cusco).

Las coordenadas mencionadas en la presente memoria descriptiva corresponden a la Zona 18 Sur, Datum WGS84, Sistema de Proyección UTM.

La memoria descriptiva fue elaborada empleando la siguiente Cartografía Básica Oficial:

1. Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión), Tambobamba, Perú, 1:100 000, 1° edición, serie J631, hoja 2443 (28-r), Lima, Perú.

c. Un (1) tramo del límite entre los distritos de Mara y Haquira

Inicia en la cumbre oeste del cerro Cajamarca en la coordenada UTM 807 370 m E y 8 435 480 m N de referencia; continúa en dirección este por la línea de cumbres del cerro Cajamarca, hasta su intersección con la vaguada sureste del cerro Cajamarca en la coordenada UTM 808 754 m E y 8 435 725 m N de referencia; continúa en dirección sureste por la vaguada sureste del cerro Cajamarca, pasando por las coordenadas UTM: 809 296 m E y 8 435 453 m N, 809 514 m E y 8 435 380 m N, 810 115 m E y 8 434 893 m N, hasta la coordenada UTM 810 765 m E y 8 434 562 m N en la vaguada sureste del cerro Cajamarca; continúa en dirección sureste en línea quebrada por los puntos de coordenada: UTM 811 011 m E y 8 434 454 m N, 811 017 m E y 8 434 466 m N1, hasta el punto de coordenada UTM 811 201 m E y 8 434 394 m N en la estribación de un cerro sin nombre; continúa en dirección noreste por la estribación suroeste de dicho cerro sin nombre, hasta la cota 3870; continúa en dirección sureste por la estribación sureste del mismo cerro, hasta el punto de coordenada UTM 812 865 m E y 8 433 612 m N en la estribación sureste del mismo cerro; continúa en dirección noreste en línea recta, hasta el punto de coordenada UTM 813 095 m E y 8 434 019 m N en el thalweg de la quebrada Suraro; continúa aguas abajo por el thalweg de la quebrada Suraro hasta su desembocadura en el río Santo Tomás (Límite interdepartamental Apurímac – Cusco).

Las coordenadas mencionadas en la presente memoria descriptiva corresponden a la Zona 18 Sur, Datum WGS84, Sistema de Proyección UTM.

La presente memoria descriptiva fue elaborada empleando la siguiente Cartografía Básica Oficial:

1. Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión), Santo Tomás, Perú, 1:100 000, 1° edición, serie J631, hoja 2442 (29-r), Lima, Perú.

Artículo 3. Representación cartográfica

Forma parte de la presente ley, la representación cartográfica de las memorias descriptivas del límite y tramos contenidas en el artículo 2, la cual consta en el anexo adjunto.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintitrés días del mes de junio de dos mil veintiséis.

FERNANDO MIGUEL ROSPIGLIOSI CAPURRO

Presidente encargado del Congreso de la República

WALDEMAR JOSÉ CERRÓN ROJAS

Segundo Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de julio del año dos mil veintiséis.

JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA

Presidente de la República

LUIS ENRIQUE ARROYO SÁNCHEZ

Presidente del Consejo de Ministros

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