
LEY N° 32651
Ley de saneamiento de límites de los distritos de la provincia de Pacasmayo del departamento de La Libertad
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
Artículo 1. Objeto y finalidad
1.1La presente ley tiene por objeto sanear los límites de los distritos de la provincia de Pacasmayo, del departamento de La Libertad, de acuerdo al siguiente detalle:
a.Límite entre los distritos de San José y San Pedro de Lloc
b.Límite entre los distritos de Guadalupe y San José
c.Límite entre los distritos de Guadalupe y Jequetepeque
d.Límite entre los distritos de San José y Jequetepeque
e.Límite entre los distritos de San José y Pacasmayo
f.Límite entre los distritos de Jequetepeque y Pacasmayo
1.2La finalidad de la presente ley es establecer los límites de los distritos de la provincia de Pacasmayo, del departamento de La Libertad, a fin de garantizar los marcos de referencia que permitan la prestación de bienes y servicios a la población de dicha provincia.
Artículo 2. Delimitación
Las memorias descriptivas de los límites que se sanean con la presente ley, son los siguientes:
a.Límite entre los distritos de San José y San Pedro de Lloc
El límite inicia en el C° Horcón, límite interdepartamental Cajamarca – La Libertad, continúa por la divisoria de aguas de la quebrada Horcón con la quebrada Carbón, pasando por la coordenada UTM 691 238 m E y 9 184 456 m N de referencia, cerro Horcón, hasta un cerro sin nombre, en la coordenada UTM 686 272 m E y 9 181 053 m N de referencia. Continúa por la divisoria de aguas de la quebrada Horcón con la quebrada Cupisnique hasta un cerro sin nombre, en la coordenada UTM 684 907 m E y 9 181 574 m N de referencia. Continúa por la divisoria de aguas norte de la quebrada Cupisnique, pasando por el C° Güereque (cota 574), hasta la cumbre suroeste del cerro Güereque (cota 460) en la coordenada UTM 678 361 m E y 9 176 982 m N de referencia. El límite continúa en dirección noroeste, en línea recta, hasta la estribación sur de un cerro sin nombre (cota 366) en la coordenada UTM 677 563 m E y 9 177 928 m N de referencia; continúa por la estribación del cerro sin nombre hasta su cumbre de cota 428; continúa por la estribación noroeste del cerro sin nombre hasta el collado de cota 319; continúa por la estribación del cerro Portachuelo del Yugo hasta su cumbre (cota 562); continúa por su estribación noreste hasta la coordenada UTM 677 174 m E y 9 180 038 m N de referencia. El límite continúa en línea recta, en dirección noroeste, hasta la estribación sureste de un cerro sin nombre en la coordenada UTM 676 201 m E y 9 180 458 m N de referencia; continúa por la estribación del cerro sin nombre hasta su cumbre (cota 667); continúa en dirección oeste por su estribación hasta la coordenada UTM 674 960 m E y 9 180 941 m N de referencia. El límite continúa, en líneas rectas, por la coordenada UTM 674 615 m E y 9 180 849 m N de referencia hasta la cumbre noreste del cerro Cañoncillo (cota 504) en la coordenada UTM 674 110 m E y 9 180 825 m N de referencia; continúa en dirección suroeste por la divisoria del cerro Cañoncillo pasando por sus cumbres de cota 543, cota 510 y cota 502 hasta su cumbre de cota 478, en la coordenada UTM 672 887 m E y 9 179 157 m N de referencia. El límite continúa, en línea quebrada, en dirección noroeste, pasando por las coordenadas de referencia UTM 671 219 m E y 9 181 468 m N; UTM 671 451 m E y 9 183 282 m N (Huaca Colorada de cota 136), hasta el canal San Pedro en la coordenada UTM 671 448 m E y 9 185 812 m N de referencia. El límite continúa en dirección oeste, por el cauce del canal San Pedro, hasta la coordenada UTM 669 451 m E y 9 185 581 m N de referencia; continúa en dirección oeste por el cauce de una acequia sin nombre hasta intersecar con el eje de una vía sin nombre (carretera San Pedro de Lloc – San José) en la coordenada UTM 669 152 m E y 9 185 618 m N de referencia. El límite continúa en dirección suroeste, por el eje de la vía sin nombre, hasta la coordenada UTM 668 616 m E y 9 184 896 m N de referencia; continúa en dirección noroeste, por la estribación de un cerro sin nombre hasta su cumbre de cota 185, en la coordenada UTM 668 191 m E y 9 185 106 m N de referencia. El límite continúa en dirección noroeste por la estribación de este cerro sin nombre hasta el collado de coordenada UTM 667 901 m E y 9 185 137 m N de referencia; continúa en dirección suroeste por la estribación de un cerro sin nombre hasta su cumbre de cota 253 en la coordenada UTM 667 600 m E y 9 185 024 m N de referencia. El límite continúa en dirección suroeste por la estribación de este cerro, hasta el collado de coordenada UTM 667 375 m E y 9 185 010 m N de referencia; continúa en dirección noroeste por la estribación del cerro Masanca, pasando por su cumbre de cota 329 hasta su cumbre de coordenada UTM 667 013 m E y 9 185 483 m N de referencia. El límite continúa por su estribación suroeste hasta llegar a la cumbre de un cerro sin nombre de cota 206; continúa en dirección oeste por la estribación del C° Chocofán hasta su cumbre norte en la coordenada UTM 665 969 m E y 9 185 138 m N de referencia; continúa en dirección sur, por la divisoria del C° Chocofán, pasando por su cumbre de cota 307, hasta la cota 265, de coordenada UTM 665 980 m E y 9 184 455 m N de referencia. El límite continúa en dirección suroeste por la estribación del C° Chocofán hasta la coordenada UTM 665 721 m E y 9 184 150 m N de referencia; desde este punto continúa en línea recta hasta el eje de una vía sin nombre en la coordenada UTM 665 402 m E y 9 183 569 m N de referencia. El límite continúa por el eje de esta vía en dirección noroeste hasta la coordenada UTM 665 293 m E y 9 183 624 m N de referencia; continúa en dirección suroeste, en línea quebrada (bordeando la zona agrícola), pasando por las coordenadas de referencia UTM 665 057 m E y 9 183 160 m N; UTM 665 096 m E y 9 182 993 m N; UTM 664 919 m E y 9 182 783 m N; UTM 664 448 m E y 9 182 979 m N; UTM 663 750 m E y 9 182 857 m N hasta el trifinio entre los distritos Pacasmayo, San José y San Pedro de Lloc, en la coordenada de referencia UTM 663 651 m E y 9 182 730 m N (Laguna el Muerto).
Las coordenadas mencionadas en la presente memoria descriptiva corresponden a la zona 17 Sur, Datum WGS84, Sistema de Proyección UTM, Carta Nacional a Escala 1:25 000.
La presente memoria descriptiva fue elaborada empleando la siguiente Cartografía Básica Oficial:
(i)Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión). San Pedro de Lloc, Perú, 1:25 000. 1° edición. Serie J831, hoja 0956 2 SE (15d2SE). Lima, Perú.
(ii)Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión). Pampas Cupisnique, Perú, 1:25 000. 1° edición. Serie J831, hoja 1056 3 SE (15e3SE). Lima, Perú.
(iii)Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión). Chocofán, Perú, 1:25 000. 1° edición. Serie J831, hoja 1056 3 SO (15e3SO). Lima, Perú.
(iv)Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión). Jequetepeque, Perú, 1:25 000. 1° edición. Serie J831, hoja 0956 2 NE (15d2NE). Lima, Perú.
(v)Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión). San José, Perú, 1:25 000. 1° edición. Serie J831, hoja 1056 3 NO (15e3NO). Lima, Perú.
(vi)Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión). Huabal, Perú, 1:25 000. 1° edición. Serie J831, hoja 1056 3 NE (15e3NE). Lima, Perú.
b.Límite entre los distritos de Guadalupe y San José
El límite inicia en el thalweg del Río Jequetepeque, al norte del Cerro Pitura, en la coordenada de referencia UTM 680 305 m E y 9 190 100 m N, límite interdepartamental Cajamarca – La Libertad, continúa aguas abajo por el thalweg del Río Jequetepeque hasta el Puente Libertad (Panamericana Norte) en la coordenada UTM 667 679 m E y 9 190 083 m N de referencia (trifinio entre los distritos Guadalupe, San José y Jequetepeque).
Las coordenadas mencionadas en la presente memoria descriptiva corresponden a la zona 17 Sur, Datum WGS84, Sistema de Proyección UTM, Carta Nacional a Escala 1:25 000.
La presente memoria descriptiva fue elaborada empleando la siguiente Cartografía Básica Oficial:
(i)Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión). San José, Perú, 1:25 000. 1° edición. Serie J831, hoja 1056 3 NO (15e3NO). Lima, Perú.
(ii)Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión). Huabal, Perú, 1:25 000. 1° edición. Serie J831, hoja 1056 3 NE (15e3NE). Lima, Perú.
c.Límite entre los distritos de Guadalupe y Jequetepeque
El límite inicia en el thalweg del Río Jequetepeque (Puente Libertad), en la coordenada UTM 667 679 m E y 9 190 083 m N de referencia (trifinio entre los distritos Guadalupe, San José y Jequetepeque), continúa aguas abajo por el thalweg del Río Jequetepeque hasta la línea de baja marea en el Océano Pacífico, en la coordenada UTM 655 702 m E y 9 189 227 m N de referencia.
Las coordenadas mencionadas en la presente memoria descriptiva corresponden a la zona 17 Sur, Datum WGS84, Sistema de Proyección UTM, Carta Nacional a Escala 1:25 000.
La presente memoria descriptiva fue elaborada empleando la siguiente Cartografía Básica Oficial:
(i)Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión). Jequetepeque, Perú, 1:25 000. 1° edición. Serie J831, hoja 0956 2 NE (15d2NE). Lima, Perú.
(ii)Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión). San José, Perú, 1:25 000. 1° edición. Serie J831, hoja 1056 3 NO (15e3NO). Lima, Perú.
d.Límite entre los distritos de San José y Jequetepeque
El límite inicia en el Puente Libertad (Panamericana Norte), en la coordenada UTM 667 679 m E y 9 190 083 m N de referencia (trifinio entre los distritos Guadalupe, San José y Jequetepeque), continúa en dirección Sur por el eje de la vía Panamericana hasta intersecar la acequia (canal Coloche) en la coordenada UTM 667 706 m E y 9 189 921 m N de referencia, continúa en dirección suroeste por esta acequia (canal Coloche) hasta la coordenada UTM 666 225 m E y 9 189 553 m N de referencia. El límite continúa en dirección suroeste, en línea recta, por la coordenada UTM 666 168 m E y 9 189 442 m N de referencia; continúa en dirección suroeste, en línea recta, por la coordenada UTM 666 054 m E y 9 189 427 m N de referencia; continúa en dirección suroeste por el eje de la vía vecinal hasta la coordenada UTM 666 048 m E y 9 189 286 m N de referencia. El límite continúa en dirección suroeste, en línea quebrada, pasando por las coordenadas de referencia UTM 666 012 m E y 9 189 248 m N; UTM 665 837 m E y 9 189 124 m N; UTM 664 773 m E y 9 188 874 m N, hasta la coordenada UTM 664 583 m E y 9 188 780 m N de referencia. El límite continúa en dirección sureste, en línea recta, por el eje de una vía vecinal hasta intersecar el eje de la vía Panamericana, en la coordenada UTM 664 859 m E y 9 188 272 m N de referencia. El límite continúa en dirección suroeste, por el eje de la vía Panamericana hasta la coordenada UTM 661 608 m E y 9 184 925 m N de referencia (trifinio entre los distritos Pacasmayo, San José y Jequetepeque).
Las coordenadas mencionadas en la presente memoria descriptiva corresponden a la zona 17 Sur, Datum WGS84, Sistema de Proyección UTM, Carta Nacional a Escala 1:25 000.
La presente memoria descriptiva fue elaborada empleando la siguiente Cartografía Básica Oficial:
(i)Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión). Jequetepeque, Perú, 1:25 000. 1° edición. Serie J831, hoja 0956 2 NE (15d2NE). Lima, Perú.
(ii)Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión). San José, Perú, 1:25 000. 1° edición. Serie J831, hoja 1056 3 NO (15e3NO). Lima, Perú.
e.Límite entre los distritos de San José y Pacasmayo
El límite inicia en la coordenada UTM 663 651 m E y 9 182 730 m N de referencia (laguna El Muerto), trifinio entre los distritos Pacasmayo, San José y San Pedro de Lloc, de este punto el límite continúa en dirección noroeste, en línea quebrada, pasando por las coordenadas de referencia UTM 663 202 m E y 9 183 106 m N; UTM 663 118 m E y 9 183 434 m N; UTM 662 089 m E y 9 184 269 m N, hasta intersecar con el eje de la vía Panamericana en la coordenada UTM 661 608 m E y 9 184 925 m N de referencia (trifinio entre los distritos Pacasmayo, San José y Jequetepeque).
Las coordenadas mencionadas en la presente memoria descriptiva corresponden a la zona 17 Sur, Datum WGS84, Sistema de Proyección UTM, Carta Nacional a Escala 1:25 000.
La presente memoria descriptiva fue elaborada empleando la siguiente Cartografía Básica Oficial:
(i)Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión). San Pedro de Lloc, Perú, 1:25 000. 1° edición. Serie J831, hoja 0956 2 SE (15d2SE). Lima, Perú.
(ii)Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión). Jequetepeque, Perú, 1:25 000. 1° edición. Serie J831, hoja 0956 2 NE (15d2NE). Lima, Perú.
f.Límite entre los distritos de Jequetepeque y Pacasmayo
El límite inicia en el eje de la vía Panamericana, en la coordenada UTM 661 608 m E y 9 184 925 m N de referencia (trifinio entre los distritos Pacasmayo, San José y Jequetepeque), de este punto el límite continúa en dirección noroeste, en línea recta, hasta la coordenada UTM 660 343 m E y 9 186 067 m N de referencia, el límite continúa en dirección suroeste, en línea quebrada, pasando por las coordenadas de referencia UTM 658 474 m E y 9 184 793 m N; UTM 658 422 m E y 9 184 075 m N; UTM 658 116 m E y 9 183 172 m N, hasta la línea de baja marea en el Océano Pacífico, en la coordenada UTM 657 820 m E y 9 183 046 m N de referencia.
Las coordenadas mencionadas en la presente memoria descriptiva corresponden a la zona 17 Sur, Datum WGS84, Sistema de Proyección UTM, Carta Nacional a Escala 1:25 000.
La presente memoria descriptiva fue elaborada empleando la siguiente Cartografía Básica Oficial:
(i)Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión). San Pedro de Lloc, Perú, 1:25 000. 1° edición. Serie J831, hoja 0956 2 SE (15d2SE). Lima, Perú.
(ii)Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión). Jequetepeque, Perú, 1:25 000. 1° edición. Serie J831, hoja 0956 2 NE (15d2NE). Lima, Perú.
Artículo 3.Representación cartográfica
Forma parte de la presente ley, la representación cartográfica de las memorias descriptivas de los límites contenidas en el artículo 2, la cual consta en el anexo adjunto.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los nueve días del mes de junio de dos mil veintiséis.
FERNANDO MIGUEL ROSPIGLIOSI CAPURRO
Presidente encargado del Congreso de la República
WALDEMAR JOSÉ CERRÓN ROJAS
Segundo Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de junio del año dos mil veintiséis.
JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA
Presidente de la República
LUIS ENRIQUE ARROYO SÁNCHEZ
Presidente del Consejo de Ministros

