LEY N° 32649

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LEY N° 32649

Ley de saneamiento de dos tramos del límite entre las provincias de Cangallo y Víctor Fajardo del departamento de Ayacucho


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

Artículo 1. Objeto y finalidad

1.1La presente ley tiene por objeto sanear el límite entre las provincias de Cangallo y Víctor Fajardo, del departamento de Ayacucho, en los siguientes tramos:

a)Tramo I que comprende desde la desembocadura del río Arma en el río Pampas hasta el punto de coordenada UTM 578 953 m E y 8 492 854 m N en el thalweg del río Pampas.

b)Tramo II que comprende desde el punto de coordenada UTM 589 279 m E y 8 492 071 m N en el thalweg del río Pampas hasta la desembocadura de la quebrada Accoccasa en la coordenada UTM 602 727 m E y 8 487 170 m N de referencia.

1.2La finalidad de la presente ley es establecer dos (2) tramos del límite entre las provincias de Cangallo y Víctor Fajardo, del departamento de Ayacucho, a fin de garantizar los marcos de referencia que permitan la prestación de bienes y servicios a la población de dichas provincias.

Artículo 2. Delimitación

2.1 Se delimitan dos (2) tramos del límite entre las provincias de Cangallo y Víctor Fajardo, del departamento de Ayacucho, a los que se refiere el artículo 1, de la presente ley, de acuerdo a las siguientes memorias descriptivas:

a.Tramo I

Inicia en la desembocadura del río Arma en el río Pampas; continúa aguas abajo por el thalweg del río Pampas hasta el punto de coordenada UTM 578 953 m E y 8 492 854 m N en el thalweg del río Pampas.

b.Tramo II

Inicia en el punto de coordenada UTM 589 279 m E y 8 492 071 m N en el thalweg del río Pampas; continúa aguas abajo por el thalweg del río Pampas hasta la desembocadura de la quebrada Accoccasa en la coordenada UTM 602 727 m E y 8 487 170 m N de referencia (punto extremo interprovincial Cangallo – Vilcas Huamán – Víctor Fajardo).

2.2 Las coordenadas mencionadas en las presentes memorias descriptivas corresponden a la Zona 18 Sur, Datum WGS84, Sistema de Proyección UTM.

2.3 Las memorias descriptivas señaladas fueron realizadas empleando la siguiente Cartografía Básica Oficial:

a.Instituto Geográfico Nacional (IGN) (Sin año de impresión). Huancapi, 1:100 000. 1º Ed. Serie J631, hoja 28-ñ. Lima, Perú.

b.Instituto Geográfico Nacional (IGN) (Sin año de impresión). Paras, 1:100 000. 2º Ed. Serie J631, hoja 28-n. Lima, Perú.

Artículo 3.Representación cartográfica

Forma parte de la presente ley, la representación cartográfica de las memorias descriptivas de los tramos contenidas en el artículo 2, la cual consta en el anexo adjunto.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los nueve días del mes de junio de dos mil veintiséis.

FERNANDO MIGUEL ROSPIGLIOSI CAPURRO

Presidente encargado del Congreso de la República

WALDEMAR JOSÉ CERRÓN ROJAS

Segundo Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de junio del año dos mil veintiséis.

JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA

Presidente de la República

LUIS ENRIQUE ARROYO SÁNCHEZ

Presidente del Consejo de Ministros

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