OPTIMIZA LA APLICACIÓN DE LA CONVERSIÓN AUTOMÁTICA DE LA PENA PARA PERSONAS CONDENADAS POR EL DELITO DE OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR

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Con Decreto Legislativo Nº 1459 se optimiza la aplicación de la conversión automática de la pena para personas condenadas por el delito de omisión de asistencia familiar, a fin de reducir el hacinamiento penitenciario y evitar contagios de covid-19 y en el marco de los regulado en el Decreto Legislativo Nº 1300.

En ese sentido lo que se ha realizado es agilizar el trámite contemplado en el Decreto Legislativo Nº 1300, señalando que convertirse automáticamente en una pena alternativa con la sola certificación del pago ante el juez del íntegro de la reparación civil y de la deuda alimenticia acumulada hasta el momento en que solicita la conversión.

Se ha eliminado también el desarrollo de la audiencia. Y sólo por el periodo que dure esta emergencia sanitaria a nivel nacional no se requerirá la declaración jurada del interno señalando la dirección del domicilio o residencia habitual, al momento de egresar del establecimiento penitenciario.

Las disposiciones del presente decreto legislativo son aplicables a todas las solicitudes de conversión automática de personas condenadas por el delito de omisión de asistencia familiar que, a la fecha (de manera retroactiva), se hayan presentado ante las autoridades judiciales, independientemente de la etapa en que se encuentren y siempre que favorezcan al solicitante.

Instituto Nacional Penitenciario podrá emitir alguna norma complementaria para la aplicación del presente decreto.

Puedes descargar desde AQUÍ el Decreto Legislativo 1459

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